Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 6 jun 2026
En la implantación y el uso de aplicaciones y servicios de los SIT, será de aplicación la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público. La reutilización de datos que obren en poder de organismos del sector público y que no queden sujetos al régimen específico de acceso y compartición de datos establecido en la normativa de SIT se regirá, en lo que resulte de aplicación, por el Reglamento (UE) 2022/868 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2022, relativo a la gobernanza europea de datos.
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eli/es/rd/2026/06/03/450#disposicion-adicional-tercera

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