Art. Artículo primero

En vigor desde 5 abr 1981
Los colores de la Bandera de España, especificados en el Sistema Internacional CIELAB, serán los siguientes: Color Denominación color Tono H* en º Croma C* Claridad L* Rojo Rojo bandera 35.0 70.0 37.0 Amarillo Amarillo gualda bandera 85.0 95.0 80.0 Tolerancia: Cinco Unidades CIELAB.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1981/02/27/441#articulo-primero

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil