Art. 1

En vigor desde 28 ene 2021
1. Se crea la Comisión de Coordinación entre los Ministerios de Consumo, de Sanidad y de Agricultura, Pesca y Alimentación (en adelante, la Comisión de Coordinación), como órgano colegiado interministerial, al amparo de lo previsto en el artículo 22.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La Comisión está adscrita a la Secretaría General de Consumo y Juego. 2. La Comisión de Coordinación tiene por objeto la articulación del régimen de dependencia funcional del organismo autónomo Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición respecto del Ministerio de Consumo, del Ministerio de Sanidad y del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, así como la adopción de las medidas necesarias para coordinar las actuaciones de dichos ministerios a fin de garantizar su funcionamiento cohesionado en relación con las competencias del citado organismo autónomo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2021/01/26/44#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil