Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. Artículos 54 a 57
En vigor desde 7 dic 2013
(Suprimidos)
Se suprimen, con efectos desde 1 de enero de 2013, por el .1.4 del Real Decreto 960/2013, de 5 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-12771 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2007/03/30/439#articulos-54-a-57