Art. Disposición final primera

En vigor desde 18 ago 2024
El presente real decreto se dicta al amparo del título competencial previsto en el artículo 149.1.21.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de correos.
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eli/es/rd/2024/04/30/437#disposicion-final-primera

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