Título TÍTULO I

Art. 1

En vigor desde 2 may 2024
Los derechos fijados en este arancel se entenderán totalmente devengados desde el momento del inicio de la actuación de que se trate, sin perjuicio de que las partes puedan acordar otra forma de devengo.
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eli/es/rd/2024/04/30/434#art-1-1

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