Art. [preambulo]
En vigor desde 9 jun 2022
El acelerado proceso de digitalización está desarrollando una nueva economía basada en un conjunto de tecnologías, servicios y ecosistemas empresariales que tienen como uno de sus ejes principales el tratamiento del lenguaje natural. La lengua se convierte en un elemento clave para desarrollar todo el potencial de esta nueva economía.
El español, como lengua común y compartida por 590 millones de personas, es un elemento clave para la competitividad de nuestro país, y un factor fundamental de desarrollo del tejido tecnológico y empresarial. La aplicación correcta de las tecnologías de Inteligencia Artificial y de los procesos digitales, con base en el español, contribuirá a la inclusión social, al acceso a los servicios públicos y a una adecuada relación con las administraciones, ámbito que resultará clave para garantizar la igualdad de trato, la no discriminación y la eliminación de sesgos que puedan dar lugar a una ampliación de las brechas sociales, territoriales, de género, raza, cultura u origen.
El impulso de España en materia de la lengua afianza la competitividad en esta nueva economía. En este contexto, el Gobierno de España ha puesto en marcha el Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica de la Nueva Economía de la Lengua (PERTE), con un presupuesto total de 1.100 millones de euros, y con el objetivo de impulsar la cadena de valor de la nueva economía de la lengua en español y en lenguas cooficiales. La vinculación corresponde al Proyecto Tractor 2, medida 1 (Observatorio del Español) y específicamente a los hitos del Componente 16: 251 (Apoyo a proyectos sobre Inteligencia Artificial) y 253 (Finalización de Proyectos sobre Inteligencia Artificial).
Este plan estratégico recoge en uno de sus proyectos tractores la creación de un Observatorio Global del Español, concebido como un centro de Investigación adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, en colaboración con el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, en el que se analice y estudie la situación del español en el mundo con un énfasis especial en los ámbitos de la nueva economía digital.
Con este Observatorio se busca, además, potenciar la colaboración institucional y la relación con el hispanismo internacional en los ámbitos de interés para la economía de la lengua.
El liderazgo del Observatorio correrá a cargo del Instituto Cervantes, institución adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (en adelante, MAUC) a través de la Secretaría de Estado para Iberoamérica y el Caribe y el Español en el Mundo, que en virtud del Real Decreto 267/2022, 12 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del MAUC, es «el órgano superior directamente responsable de la formulación, coordinación y ejecución de la política exterior de España para la defensa y promoción del español en el mundo».
El Observatorio tendrá su sede en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja. En el caso de que el Observatorio se convierta, eventualmente, en una entidad con personalidad jurídica de las incluidas en el artículo 84.1.a) de la Ley 40/2015, del 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, su sede se determinará conforme a lo previsto en el Real Decreto 209/2022, de 22 de marzo, por el que se establece el procedimiento para la determinación de las sedes físicas de las entidades pertenecientes al sector público institucional estatal y se crea la Comisión consultiva para la determinación de las sedes.
Este real decreto se adecua a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se ha respetado el principio de necesidad, dado el interés general en el que se fundamenta el objeto que se persigue con su aprobación y se han identificado los fines que se tratan de lograr.
La norma es acorde con el principio de proporcionalidad, pues contiene la regulación imprescindible, sin incremento de gasto público y sin restringir derechos de los ciudadanos ni imponerles obligaciones directas de ningún tipo.
Igualmente, se ajusta al principio de seguridad jurídica, siendo coherente con el ordenamiento jurídico y, en particular, con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, debido a que se genera un marco normativo estable y predecible que facilita su conocimiento y comprensión.
Respecto al principio de transparencia, este real decreto cumple con dicho principio debido a que esta norma define claramente sus objetivos, que se reflejan tanto en su preámbulo como en la Memoria que lo acompaña.
Finalmente, en relación con el principio de eficiencia, este real decreto es adecuado a dicho principio en tanto en cuanto no crea cargas administrativas ni afecta a las existentes y racionaliza en su aplicación la gestión de los recursos públicos.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y de la Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de junio de 2022,
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Proeli/es/rd/2022/06/07/431#preambulo-pr