Art. Artículo único
En vigor desde 5 may 1993
Se aprueba, en desarrollo de los artículos 140, 142, 143, 144 y 145 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Reglamento de los procedimientos de las Administraciones públicas en materia de responsabilidad patrimonial.
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Proeli/es/rd/1993/03/26/429#articulo-unico