Art. 11
En vigor desde 29 jul 2017
1. El Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes, de la que depende la Dirección General de Relaciones con las Cortes.
B) La Secretaría de Estado para las Administraciones Territoriales, de la que depende la Secretaría General de Coordinación Territorial, con rango de Subsecretaría, de la que dependen:
1.º La Dirección General de la Administración Periférica del Estado.
2.º La Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entes Locales.
C) La Subsecretaría de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, de la que depende la Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno, con rango de Dirección General.
D) El Comisionado del Gobierno frente al Reto Demográfico, con rango de Subsecretario.
2. Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos:
a) La Subsecretaría de la Presidencia.
b) La Oficina para la ejecución de la reforma de la Administración.
c) La Dirección General de Comunicación.
d) La Dirección General de Relación con las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.
Se añade la letra D) al apartado 1 por la disposición 1 del Real Decreto 771/2017, de 28 de julio. Ref. BOE-A-2017-9014#df
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2016/11/11/424#art-11