Art. 10
En vigor desde 4 nov 2016
1. Corresponde al Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de energía, turismo, telecomunicaciones y sociedad de la información, así como el desarrollo de la Agenda Digital.
2. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de Energía.
b) La Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital.
c) La Secretaría de Estado de Turismo.
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Proeli/es/rd/2016/11/03/415#art-10