Título Instrucción técnica complementaria MIE-APQ 8 «Almacenamiento de fertilizantes a base de nitrato amónico con alto contenido en nitrógeno»Capítulo CAPÍTULO II

Art. 5

En vigor desde 23 ene 2005
Se tendrá en cuenta la proximidad a vías de comunicación pública, y se construirán, en caso necesario, barreras de protección adecuadas para el caso de salidas de vehículos de la calzada o de la vía. Los servicios móviles de seguridad deberán poder acceder al almacenamiento desde dos puntos opuestos, preferentemente según la dirección de los vientos predominantes. Habrá acceso y espacio suficiente para la circulación y maniobra de la maquinaria de mantenimiento. El área de almacenamiento y sus alrededores deben estar libres de materiales combustibles, tales como residuos, grasas, maderas o maleza. Se añade por el art. único del Real Decreto 2016/2004, de 11 de octubre. Ref. BOE-A-2004-18166#a5 .

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eli/es/rd/2001/04/06/379#art-5-8

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