Título Instrucción técnica complementaria MIE-APQ 9 «Almacenamiento de peróxidos orgánicos»Secc. Sección 6.ª Tratamiento de efluentes

Art. 25

En vigor desde 18 jun 2010
Todos los efluentes líquidos que puedan presentar algún grado de contaminación, incluido las aguas contaminadas utilizadas en la defensa contra incendios, deberán ser tratados de forma que el vertido final de la instalación cumpla con la legislación vigente en materia de vertidos. Se añade por el del Real Decreto 105/2010, de 5 de febrero. Ref. BOE-A-2010-4510#a25 .

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eli/es/rd/2001/04/06/379#art-25-5

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