Libro REGLAMENTO GENERAL DEL MUTUALISMO ADMINISTRATIVOCapítulo CAPITULO IXSecc. Sección 1.ª Servicios sociales

Art. 132

En vigor desde 12 abr 2003
1. Comprenderán, entre otras posibles medidas y ayudas, las siguientes: a) Subsidio por defunción. b) Ayuda de sepelio. 2. Dichas ayudas tendrán como límite los créditos consignados a tal fin en el presupuesto de la Mutualidad General.
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eli/es/rd/2003/03/28/375#art-132

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