Título TITULO III›Capítulo CAPITULO III
Art. 53
En vigor desde 11 abr 1995
Las solicitudes se dirigirán, dentro de los quince días hábiles siguientes al de la publicación de la convocatoria, al órgano convocante.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1995/03/10/364#art-53