Art. Disposición final segunda

En vigor desde 11 abr 2017
Se autoriza al titular del Ministerio de Fomento para que, previo cumplimiento de los trámites que sean preceptivos, dicte cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de este real decreto.
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eli/es/rd/2017/04/08/362#disposicion-final-segunda

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