Capítulo CAPÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 22 mar 1991
El grado de minusvalía o enfermedad crónica se determinará valorando tanto los factores físicos, psíquicos o sensoriales, como los factores sociales complementarios, mediante la aplicación de los baremos a que se refiere la disposición adicional segunda.
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eli/es/rd/1991/03/15/357#art-3

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