Art. Artículo único
En vigor desde 4 mar 2008
De conformidad con lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 33 y en el apartado 4 de la disposición final segunda de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, se aprueba el Estatuto de la Comisión Nacional de la Competencia, cuyo texto se inserta a continuación.
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Proeli/es/rd/2008/02/29/331#articulo-unico