Art. Artículo único

En vigor desde 6 feb 1986
Se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, en desarrollo y ejecución de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, cuyo texto se inserta a continuación.
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eli/es/rd/1986/01/10/33#articulo-unico

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