Título TITULO IICapítulo CAPITULO III

Art. 31

En vigor desde 6 feb 1986
La incoación del procedimiento con el nombramiento del Instructor y Secretario, se notificará al funcionario sujeto a expediente, así como a los designados para ostentar dichos cargos.
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eli/es/rd/1986/01/10/33#art-31

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