Art. Disposición final primera

En vigor desde 24 may 2022
Se autoriza a la persona titular del Ministerio de Justicia, así como a la persona titular de la Fiscalía General del Estado, para dictar, en el ámbito de sus propias competencias, las normas de desarrollo del reglamento que aprueba el presente real decreto.
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eli/es/rd/2022/05/03/305#disposicion-final-primera

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