Art. 9
En vigor desde 30 jul 2016
La consulta y la participación de los trabajadores y de sus representantes sobre las cuestiones a que se refiere este real decreto se realizarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.2 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.
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Proeli/es/rd/2016/07/22/299#art-9