Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. 78
En vigor desde 24 jul 2005
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 796/2005, de 1 de julio. Ref. BOE-A-2005-12703 . Redactada la letra d) conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 88, de 11 de abril de 1996. Ref. BOE-A-1996-8077 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1996/02/23/296#art-78