Capítulo CAPÍTULO I

Art. 8

En vigor desde 1 jul 2018
Independientemente del certificado oficial que deba expedir el ISM relativo a la formación sanitaria específica realizada, los alumnos que hayan superado un curso recibirán el diploma que lo acredita.
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eli/es/rd/2018/05/18/292#art-8

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