Libro REGLAMENTO DE AYUDAS Y RESARCIMIENTOS A LAS VÍCTIMAS DE DELITOS DE TERRORISMOCapítulo CAPÍTULO VII

Art. CAPÍTULO VIII

En vigor desde 21 feb 2006
CAPÍTULO VIII Normas para facilitar a las víctimas del delito, en situaciones transfronterizas, el acceso a las ayudas y resarcimientos Se añade por el del Real Decreto 199/2006, de 17 de febrero de 2006. Ref. BOE-A-2006-2910

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eli/es/rd/2003/03/07/288#capitulo-viii

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