Art. Disposición final cuarta
En vigor desde 20 abr 2023
Se modifica el párrafo a) del artículo 1 de la Orden ECD/191/2012, de 6 de febrero, por la que se regulan los temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que queda redactado como sigue:
«a) Los temarios establecidos en el anexo I de la Orden de 9 de septiembre de 1993 por la que se aprueban los temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso, adquisición de nuevas especialidades y movilidad para determinadas especialidades de los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, regulados por el Real Decreto 850/1993, de 4 de junio. Los temarios de las especialidades docentes de Inglés y Francés del Cuerpo de Maestros que figuran en dicha orden serán igualmente de aplicación para las demás especialidades docentes de lengua extranjera creadas en dicho cuerpo con posterioridad a su publicación. En estos casos se tendrá en cuenta que las menciones que figuran en dichos temarios relativas a una lengua en concreto se entenderán referidas, en cada caso, al idioma objeto de la especialidad correspondiente.»
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Proeli/es/rd/2023/04/18/286#disposicion-final-cuarta