Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 3.ª Gestión de las subvenciones
Art. 48
En vigor desde 5 may 2019
En todo lo no previsto en este real decreto, será de aplicación lo dispuesto por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en su Reglamento, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y en el Reglamento (UE) n.º 1408/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013.
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Proeli/es/rd/2019/04/22/284#art-48