Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Régimen económico de la actividad de distribución
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 1 ene 1999
El presente Real Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 1999.
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Proeli/es/rd/1998/12/23/2819#disposicion-final-tercera