Art. Disposición adicional única

En vigor desde 8 may 2022
La persona titular de la Secretaría General de Formación Profesional será la encargada de validar y archivar aquellas interpretaciones de las definiciones de los niveles del Marco Europeo de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente que surjan tanto en ámbitos temáticos como profesionales.
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eli/es/rd/2022/04/12/272#disposicion-adicional-unica

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