Art. Disposición adicional octava

En vigor desde 1 mar 2011
Corresponde a la persona titular del Departamento la presidencia de los órganos colegiados cuya presidencia correspondiera a las personas titulares de los extintos Ministerios de Sanidad y Política Social y de Igualdad en las materias de competencia del Departamento o en cualquier otro órgano en la que la tenga atribuida.
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eli/es/rd/2011/02/28/263#disposicion-adicional-octava

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