Art. Disposición adicional sexta

En vigor desde 28 ene 2012
La Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios, de acuerdo con las previsiones del Real Decreto 1418/2006, de 1 de diciembre, por el que se aprueba su Estatuto, adaptará su plan de acción para incluir en el mismo las evaluaciones sobre el uso racional de los recursos públicos y eficiencia en la gestión de las Administraciones Públicas en su conjunto, mediante la celebración, en su caso, de convenios de colaboración con las comunidades autónomas, las entidades locales y las entidades que se determinen.
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eli/es/rd/2012/01/27/256#disposicion-adicional-sexta

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