Art. 3

En vigor desde 1 mar 2004
El Secretario de Estado de Justicia designará, a propuesta del Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, a los funcionarios que desempeñarán las funciones de habilitado central como titular y como suplente, entre los destinados en la Subdirección General de Recursos Económicos de la Administración de Justicia.
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eli/es/rd/2004/02/13/256#art-3

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