Libro LIBRO I›Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 26
En vigor desde 1 ene 1995
Están exentas del Impuesto las importaciones de marcas, modelos o dibujos, así como los expedientes relativos a la solicitud de patentes de invención o similares, destinados a los organismos competentes en materia de protección de derechos de autor o de la propiedad industrial o comercial.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1994/12/29/2538#art-26