Capítulo DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Art. DISPOSICIÓN FINAL
En vigor desde 14 oct 1977
DISPOSICIÓN FINAL
En todo lo no dispuesto en el presente Reglamento será de aplicación la Legislación General de Funcionarios Civiles del Estado.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1977/09/23/2434#disposicion-final