Capítulo CAPÍTULO V
Art. 32
En vigor desde 31 dic 2004
La entidad formará y mantendrá actualizado el inventario de sus bienes y derechos. El inventario se actualizará anualmente con referencia al 31 de diciembre y se someterá a la aprobación del Consejo de Administración en el primer trimestre del ejercicio siguiente.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2004/12/30/2395#art-32