Libro REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA 4/2000, DE 11 DE ENERO, SOBRE DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS EXTRANJEROS EN ESPAÑA Y SU INTEGRACIÓN SOCIALTítulo TÍTULO XICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Normas procedimentales para la imposición de la expulsión

Art. 143

En vigor desde 7 feb 2005
La resolución de expulsión será comunicada a la embajada o consulado del país del extranjero, así como a la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, y anotada en el Registro Central de Extranjeros de la Dirección General de la Policía. Esta comunicación se dirigirá al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación cuando no se haya podido notificar al consulado del país del extranjero o éste no radique en España.
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eli/es/rd/2004/12/30/2393#art-143

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