Art. 2

En vigor desde 29 dic 1994
En consecuencia, quedan traspasados a la Comunidad Autónoma de La Rioja las funciones y servicios que se relacionan en el referido Acuerdo de la Comisión Mixta, en los terminos allí especificados.
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eli/es/rd/1994/12/09/2374#art-2

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