Capítulo CAPITULO II›Secc. Sección 2.ª Comisión de las Juntas Arbitrales de Consumo
Art. 9
En vigor desde 25 ago 2008
La Comisión de las Juntas Arbitrales de Consumo es un órgano colegiado, adscrito funcionalmente al Instituto Nacional del Consumo a través de la Junta Arbitral Nacional, con competencia para el establecimiento de criterios homogéneos en el Sistema Arbitral de Consumo y la resolución de los recursos frente a las resoluciones de los presidentes de las Juntas Arbitrales de Consumo en los supuestos previstos en el artículo 36.
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Proeli/es/rd/2008/02/15/231#art-9