Libro REGLAMENTO DE PLANEAMIENTO PARA EL DESARROLLO DE LA LEY SOBRE RÉGIMEN DEL SUELO Y ORDENACIÓN URBANATítulo TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO III

Art. 9

En vigor desde 6 oct 1978
Los Planes Directores Territoriales de Coordinación podrán tener ámbito supraprovincial, provincial o comarcal.
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eli/es/rd/1978/06/23/2159#art-9

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