Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 28 ene 2009
Este real decreto constituye normativa básica, salvo los artículos 26, 40 y 41, y se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución, por el que se atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica. Asimismo, se exceptúa de dicho carácter de normativa básica el artículo 38, que se dicta al amparo de los artículos 149.1.10.ª y 16.ª de la Constitución, por los que se atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de comercio exterior y sanidad exterior, respectivamente.
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eli/es/rd/2008/12/26/2129#disposicion-final-cuarta

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