Secc. IV. Disposiciones de aplicación al Cuerpo de Inspectores de Educación
Art. Disposición final cuarta
En vigor desde 7 oct 1998
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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Proeli/es/rd/1998/10/02/2112#disposicion-final-cuarta