Art. Disposición transitoria segunda
En vigor desde 28 feb 2024
1. Por resolución conjunta de la Subsecretaría de Economía, Comercio y Empresa y de la Subsecretaría de Transformación Digital y de la Función Pública; y de esta última y de la Subsecretaría de Hacienda se realizará la integración efectiva de los créditos presupuestarios y de los medios materiales, y se definirán, en su caso los términos en los que se prestarán los servicios comunes de estos ministerios.
2. Por resolución conjunta de las Subsecretarías de Economía, Comercio y Empresa y de Transformación Digital y de la Función Pública se arbitrarán las medidas precisas para asignar a la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa los créditos presupuestarios y medios materiales adscritos a la Secretaría de Estado de Función Pública para el ejercicio de las funciones relativas al Instituto para la Evaluación de Políticas Públicas.
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Proeli/es/rd/2024/02/27/210#disposicion-transitoria-segunda