Capítulo CAPITULO III
Art. 7
En vigor desde 16 feb 1995
Las instalaciones incluidas en este Reglamento, además de a las especificaciones establecidas por el mismo y sus Instrucciones técnicas complementarias, estarán sujetas a los preceptos del resto de las reglamentaciones que les afecten, así como a las demás disposiciones legales que les incumban.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1994/10/20/2085#art-7