Art. Disposición transitoria única

En vigor desde 21 abr 2022
Las garantías financieras vigentes en el momento de la entrada en vigor de este real decreto, derivadas de inscripciones en el Registro de Producción y Gestión de Residuos, se adaptarán a lo previsto en la presente norma en el momento de la renovación de las autorizaciones, o en un plazo máximo de ocho años desde la entrada en vigor, o con anterioridad si así es requerido por la autoridad competente.
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eli/es/rd/2022/03/22/208#disposicion-transitoria-unica

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