Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

En vigor desde 5 mar 1996
La información administrativa es un cauce adecuado a través del cual los ciudadanos pueden acceder al conocimiento de su derechos y obligaciones y a la utilización de los bienes y servicios públicos. La información encomendada a las unidades y oficinas a las que se refiere el capítulo II de este Real Decreto podrá ser general o particular.
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eli/es/rd/1996/02/09/208#art-1

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