Capítulo CAPÍTULO III

Art. 8

En vigor desde 5 ago 2009
En caso de que la botella no cumpla con los requisitos necesarios para su utilización segura, se procederá a su rechazo. En caso de rechazo, el centro de inspección troquelará, al lado del número de identificación de la botella, el punzón contraseña de rechazo R, con las dimensiones y características que se indican en el anexo II de esta ITC. En el caso de las botellas no metálicas, se colocará una etiqueta legible e indeleble con la marca, pero cuyas dimensiones serán el doble de las indicadas en dicho anexo II. En ambos casos, el centro comunicará al propietario de la botella que proceda a su inutilización inmediata, debiendo advertirle que antes de iniciar el proceso de destrucción debe asegurarse que la botella está completamente vacía.
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eli/es/rd/2008/12/12/2060#art-8-5

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