Art. Disposición adicional quinta

En vigor desde 29 feb 2024
Se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat de Cataluña, la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía, la Comisión Mixta de Economía y Hacienda Estado-Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la Comisión Mixta de Asuntos Económicos-Financieros Estado-Comunidad Autónoma de Aragón y la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Comunidad Autónoma de Extremadura. Con motivo de la restructuración de los Departamentos ministeriales y del desarrollo de la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda, los representantes de la Administración General del Estado en dichas Comisiones serán los titulares de los siguientes órganos: Será Presidente de la representación de la Administración General del Estado en la Comisión: la persona titular de la Secretaría de Estado de Hacienda. Serán Vocales, las personas titulares de los siguientes órganos: Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos. Secretaría de Estado de Política Territorial. Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa. Subsecretaría de Hacienda. Secretaría General de Financiación Autonómica y Local. La Secretaría de la Comisión corresponderá a la persona titular de la Subdirección General de Estudios Financieros Autonómicos, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local.
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