Capítulo CAPÍTULO II

Art. 7

En vigor desde 8 abr 2018
1. Las personas que obtienen este título ejercen su actividad en el ámbito del comercio de productos alimentarios, físico u online , en cualquier empresa u organización, en tiendas de alimentación al por menor o en los departamentos correspondientes de grandes superficies; bien sea por cuenta propia o ajena. 2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes: a) Responsable/encargado de establecimiento alimentario. b) Responsable/encargado de sección/sala/departamento de tienda de alimentación. c) Gestor/a de pequeño comercio alimentario. d) Responsable/encargado de comercios alimentarios online . e) Asesor/a comercial de productos alimentarios. f) Vendedor/a de productos alimentarios.
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eli/es/rd/2018/04/06/189#art-7

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