Libro REGLAMENTO DE ELECCIONES A REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES EN LA EMPRESA›Capítulo CAPITULO III›Secc. Sección 3.ª Procedimiento arbitral
Art. Disposición adicional segunda
En vigor desde 14 sept 1994
1. Los modelos a que se refiere este Reglamento y que se contienen en el anexo son de obligada utilización en el territorio de las Comunidades Autónomas que no hayan recibido traspasos en la materia.
Corresponde a las Comunidades Autónomas que hayan recibido los correspondientes traspasos, la elaboración de sus propios modelos, que deberán recoger, al menos, la información contenida en los que figuran como anexo al presente Reglamento.
2. Las Administraciones Públicas competentes facilitarán los modelos para su cumplimentación.
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Proeli/es/rd/1994/09/09/1844#disposicion-adicional-segunda