Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 3.ª Requisitos de los componentes de interoperabilidad

Art. 25

En vigor desde 10 mar 2022
Las características técnicas de los equipos de los proveedores del SET y de los perceptores de peajes deben ser compatibles y conformes con lo dispuesto en el anexo I de este real decreto cuando exista intercomunicación entre ellos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2022/03/08/183#art-25

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil