Art. 3
En vigor desde 15 ene 2010
El Museo Nacional del Romanticismo tiene los siguientes fines:
a) Transmitir al público a través de los bienes culturales el conocimiento del Romanticismo como movimiento artístico y cultural, así como sus conexiones con todo el siglo XIX.
b) Mostrar la correcta ambientación del Romanticismo en la Casa-Museo sede del Museo Nacional, con la finalidad de ilustrar la vida cotidiana durante esta época.
c) Conservar, documentar, investigar y enriquecer el patrimonio cultural referente al Romanticismo en todas sus manifestaciones, con el objetivo de transmitir sus significados y valores a los ciudadanos.
d) Impulsar proyectos de investigación en su ámbito temático, material y museológico y revertir a la sociedad los resultados de estos proyectos.
e) Promover la colaboración con las distintas administraciones e instituciones que permitan un mejor cumplimiento de los fines y funciones del Museo.
f) Constituirse en Museo de referencia en el conocimiento y difusión del Romanticismo.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2009/11/27/1827#art-3